Condiciones generales y complementarias
del contrato de servicios turísticos
Le pedimos leer atentamente y ante cualquier inquietud que pudiera surgir,
nos consulte. Estamos a su disposición para asesorarle y brindarle la
información que sea necesaria.
INFORMES DE SERVICIOS Y TARIFAS: En todos los casos son orientativos y no
revisten confirmación. Las solicitudes de servicios se regirán por las condiciones
que a continuación se detallan:
A) SOLICITUDES Y PAGOS: 1) Los pagos antes de la confirmación definitiva de
los servicios por la Agencia son en concepto de reserva a cuenta de mayor
cantidad. La confirmación definitiva de los servicios y precios finales respectivos
se producirá con la cancelación total del precio convenido, la emisión de pasajes
y/u órdenes de servicios (vouchers) y la emisión de la facturación correspondiente.
2) El precio y/o reservación de los servicios que componen el tour o los servicios
individuales requeridos quedan sujetos a modificaciones sin previo aviso cuando
se produzca una alteración en los servicios, modificaciones en los costos o en los
tipos de cambio previstos, por causas no imputables a las partes. 3) Las
operaciones a crédito deberán satisfacer los requisitos propios fijados para ellas.
El interesado deberá cumplimentar el pago del precio y de los saldos en los plazos
y condiciones establecidos en la contratación con las entidades bancarias que las
financien. La Agencia toma a su cargo la información profesional de todos los
productos y servicios que comercializa, también el detalle del viaje y requisitos
referidos a la documentación personal de los pasajeros para ingresar o transitar en
el destino elegido fuera de Argentina y los requerimientos referidos a visados y
demás trámites migratorios. 4) Al momento de cotizar, el sitio y/o el ejecutivo de
ventas mostrará, desplegará y/u ofrecerá la tarifa más económica disponible al
momento de la cotización encontrada en el GDS (Sistema global de distribución de
reservas aéreas y/o de servicios terrestres) en el momento de la consulta: esas
tarifas, en general, no permiten cambios ni reembolsos y, a criterio exclusivo del
prestador, podrían admitir cambios con penalidades y/o diferencias tarifarias o
reembolsos con penalidades que no dependen de la voluntad de esta compañía. A
partir de 2020, en virtud de haberse creado tarifas promocionales denominadas
“superflex” o similar, el pasajero reconoce que adquiere dicha tarifa promocional
con las condiciones y limitaciones que dispone el transportador u operador o el
prestador de servicios. 5) Las cotizaciones de los servicios serán en moneda
extranjera cuando los mismos se presten en el exterior (cfr. Res. 7/2002), igual
que los vuelos por block off o cupo y/o charters. Los pagos se recibirán en pesos
al tipo de cambio vigente en el horario del día de pago, y se deducirán como pago
a cuenta del total cotizado en la moneda extranjera. El saldo, se abonará en pesos
a la cotización vigente en el horario del día de su efectiva acreditación en las
cuentas informadas por esta compañía. Para el caso que el pasajero opte por
pagar en moneda extranjera, ante la eventualidad de desistimiento o cancelación
de los servicios, los reembolsos serán en la moneda de curso legal (cfr. Art. 765
CCyCN). 6) Los pasajeros que paguen en dinero en efectivo, quedarán sometidos
a las disposiciones de la Res. 3825/2015 AFIP y a las que en el futuro puedan
dictarse en ese sentido. Los que abonen servicios que se presten en el exterior,
toman conocimiento de las restricciones cambiarias por medidas gubernamentales
ajenas a esta compañía. Se deberá atender a las normas previstas en la Res. Gral
AFIP 4815, en materia de percepciones impositivas.
B) LOS PRECIOS INCLUYEN: Los servicios que se especifican en el itinerario
correspondiente a lo contratado.Transporte de ida y vuelta, cuando este servicio
esté expresamente incluido en el detalle de servicios, con el tipo, características y
categoría que conste en dicho detalle, de acuerdo a si el servicio es regular,
chárter o con sistema de block off (bloqueo) y de acuerdo a los destino con o sin
escalas y/o conexiones; asistencia al viajero conforme las condiciones del servicio
en caso de corresponder y/o su modalidad esté expresamente indicada en el
voucher respectivo; alojamiento en los hoteles mencionados en los itinerarios u
otros de igual o mayor categoría —en caso de cambio—, en habitaciones simples,
dobles o triples, según la cantidad de pasajeros alojados, con baño privado e
impuestos incluidos, salvo estipulación expresa en contrario y/o salvo en ciudades
y/o países que cobren tasas de pernocte directamente al pasajero; régimen de
comidas, según se indique en cada oportunidad; visitas y excursiones que se
mencionen. Traslados hasta y desde aeropuertos, terminales y/u hoteles, cuando
se indique. La cantidad de días de alojamiento prevista en el voucher de servicios,
considerando que el día de alojamiento hotelero se computa desde las quince
horas y finaliza a las doce horas del día siguiente, independientemente de la hora
de llegada y de salida y/o de la utilización completa o fraccionada del servicio de
hotelería. Atento que la legislación hotelera es de índole local, si por motivos
inherentes a ella el horario de finalización del alojamiento fuere anterior a las doce
horas, las habitaciones podrán ser ocupadas hasta la hora de salida que indique el
hotel al hacer el ingreso, y esta compañía no podrá efectuar modificación alguna
sobre dicha circunstancia, ni atender situaciones especiales. Pasado el límite
horario, el pasajero deberá abonar al hotel la tarifa correspondiente, conforme las
que se encuentren vigentes y/o rack rate o tarifa de mostrador que podrá variar
respecto de la abonada a la agencia. La duración del tour será indicada en cada
caso tomando como primer día el establecido en la documentación de viaje, y
como último, el día de salida del destino, independientemente de los horarios de
salida o de llegada, de origen y a destino, respectivamente. Servicios de hotelería:
en general, los establecimientos hoteleros poseen escasa cantidad de
habitaciones con disponibilidad triple; por lo que es corriente que ocurra que las
habitaciones triples se conformen con una habitación doble a las que se le agrega
una cama adicional de tipo desarmable, lo que podría limitar la comodidad
funcional de la misma, dicha limitación es aceptada por el pasajero, liberando al
hotel, a esta empresa y/u al operador mayorista de cualquier responsabilidad al
respecto. Servicios en Estados Unidos de América y México: las habitaciones
disponen de dos camas matrimoniales tipo Queen, en las que se permite
acomodar de una a cuatro personas a la misma tarifa; por lo que cuando se indica
DBLFP, tanto en México como en Estados Unidos de América, se entiende que
son habitaciones que albergan hasta a 2 adultos y hasta 2 menores de hasta 12
años, en una misma habitación con dos camas de 2 plazas tipo Queen, todo ello
en tanto las medidas sanitarias así lo autoricen y hasta nuevo aviso. La categoría
de los hoteles que se incluyan en los itinerarios son las oficiales otorgadas por las
autoridades turísticas del sitio geográfico en el que se encuentran y su
otorgamiento y control es administrativo. La Empresa no asume responsabilidad
alguna sobre los criterios que rijan ese control y otorgamiento.
C) SERVICIOS O RUBROS NO INCLUIDOS: 1) Extras, bebidas, comidas, lavado
y planchado de ropa, propinas, gastos de índole personal, exceso de equipaje,
llamadas telefónicas, tasas de embarque, penalidad por falta de realización de
check-in on line, peajes, cuando no esté especificado lo contrario, tasas sobre
servicios, IVA y/u otros impuestos, aranceles aduaneros, migratorios o por gestión
de reservas, costo y/o gastos por vacunas, test y/o análisis bioquímicos y/o todo
gasto derivados de los requisitos sanitarios exigidos para el ingreso al destino o el
regreso a Argentina, retenciones o percepciones, actuales y/o futuros, costos y/o
gastos derivados de la obtención urgente o express de documentación para viajar,
ni ningún otro servicio que no se encuentre expresamente indicado en la orden de
servicio emitida por esta compañía; 2) Entradas a museos, sitios arqueológicos,
atracciones, parques nacionales, excursiones opcionales, impuestos y/o tasas
locales de turismo, comunicaciones, gastos adicionales producidos por
cancelaciones, demoras en las salidas o llegadas de los medios de transporte, o
por razones imprevistas ajenas a esta compañía; 3) Alimentación en ruta, excepto
aquellas que estuviesen expresamente incluidas en los programas. 4) Los gastos
e intereses en las operaciones a crédito. 5) Costos por visados y/o autorizaciones
de ingreso al destino elegido cuando así se lo requiera (ej. ESTA). 6) Los gastos
por prolongación de servicios o estadías por deseo voluntario de los pasajeros, o
por caso fortuito, fuerza mayor o situaciones fuera del control razonable del
organizador y en general de ningún concepto que no se encuentre
específicamente detallado en el itinerario correspondiente, tampoco situaciones de
encontrarse varado por causas sanitarias dispuesto por autoridades
gubernamentales; 7) En caso de alquiler de rodados, no están incluidos los gastos
de combustible, los peajes, GPS, impuestos y seguros optativos u obligatorios,
salvo indicación expresa y descripción de los mismos en sentido contrario. 8) No
están incluidos los cargos por elección de asientos en aviones. La agencia se
limitará a solicitar a la aerolínea la ubicación preferida por el pasajero -que puede
o no tener un costo adicional-, pero no garantiza que la aerolínea adjudique los
asientos solicitados; 9) Servicio de asistencia al viajero. Es indispensable que los
pasajeros contraten un servicio de asistencia al viajero de acuerdo con el tipo y
características del viaje, destino, coberturas exigidas (cfr. Tratado Schengen, en
caso de viajeros a Europa zona Euro) u otras zonas y/o países que así lo
requieran; puntualmente que ampare situaciones pandémicas de asistencia y de
cancelación intempestiva de viaje por cierre de fronteras. La agencia no
responderá por situaciones que puedan estar amparadas por servicios de
asistencia al viajero. El pasajero deberá elegir entre las coberturas que mejor le
amparen su situación etaria y sanitaria.
D) LIMITACIONES AL DERECHO DE PERMANENCIA: Esta compañía -o los
operadores locales- tendrán el derecho de hacer que abandone el tour y/o los
servicios turísticos en cualquier punto del itinerario todo pasajero cuya conducta
disruptiva, modo de obrar, estado de salud y/u otras razones graves a juicio de
esta compañía -o de los prestadores locales en cada destino- provocaren peligro
y/o causaren molestias a los restantes viajeros y/o que pudiere malograr el éxito
de la excursión y/o su normal desarrollo. En esos casos, se aplicarán las
penalidades establecidas en el capítulo “Alternaciones o Modificaciones”. En todos
los casos, es condición esencial que los pasajeros obren de buena fe, respeto por
las personas que componen el grupo, sus bienes, las instalaciones de los
establecimientos hoteleros, medios de transporte, lugares de visita o excursiones y
a los guías, todo de acuerdo con estándares de conducta que permitan y faciliten
la convivencia grupal en todo momento. Asimismo, el pasajero se obliga a adoptar
todas las medidas de seguridad sanitaria que dispongan las autoridades del lugar
de destino, los establecimientos hoteleros, las aerolíneas, los transportistas, los
restaurantes, etc. El pasajero se obliga y toma a su cargo hacer los tests sanitarios
que exijan autoridades o empresas vinculadas con el viaje. Siempre deberá
consultar si el prestador o las autoridades tienen normas sanitarias exigidas como
condición de ingreso, de acuerdo con su nacionalidad o condición etaria.
E) DOCUMENTACIÓN: Para los viajes al exterior, la agencia informa y el pasajero
debe atender especialmente la legislación vigente en cada caso respecto del
destino elegido. Esta compañía le ha informado clara y fehacientemente y con
anticipación suficiente sobre los requisitos que exijan las autoridades migratorias,
aduaneras y/o sanitarias de los destinos que incluye el tour, siendo
responsabilidad exclusiva del pasajero contar con la documentación personal que
exijan las autoridades en cada caso y destino. Es obligación inexcusable del
pasajero obtener y presentar la documentación en los momentos en que le sea
requerida por la autoridad migratoria, policial y/o sanitaria y/o quien correspondiera
de acuerdo con el tipo de viaje elegido. El pasajero se obliga, a su cargo, a
tramitar el pasaporte sanitario que exigiere el origen y/o destino de viaje. El
pasajero es responsable de informarse adecuadamente sobre la documentación
necesaria, visados y vacunas, así como los requisitos migratorios de los países
extranjeros. Por haber sido informado y deber de informarse, no se asume
responsabilidad por deficiencias de cualquier naturaleza en la documentación,
tramitación y/o falta de visados, errores en la emisión de los documentos
personales, vigencia de pasaportes y/u otros documentos de viaje, permisos para
viajes con menores etc. En caso de documentación no presentada
adecuadamente, visados y/o vacunas que impida al pasajero salir, entrar,
permanecer y/o transitar en algún país, se aplican las condiciones establecidas en
el apartado “Alternaciones o Modificaciones”. Aquellos pasajeros que no cuenten
con documentos de viaje en regla podrán tramitar su pasaporte y/u otro
documento conforme las precisiones que se indican en el sitio:
www.argentina.gob.ar/tramitar-el-pasaporte
En algunos aeropuertos argentinos se pueden tramitar el pasaporte al instante. Consulte:
http://www.mininterior.gov.ar/NuevoPasaporte/al-instante/al-instante.php
Consulte en el sitio:
https://www.cancilleria.gob.ar/es/servicios/documentacion/visas-para-argentino
para conocer si Ud. requiere visado de ingreso al país de destino. Si
el pasajero tiene nacionalidad distinta a la argentina, deberá informar dicha
situación a esta empresa y solicitar se le informe sobre los requisitos exigidos por
el destino de su viaje conforme la nacionalidad que ostente. En caso de viajar con
menores, los pasajeros deberán llevar toda la documentación exigida por la
autoridad migratoria. Al respecto, deberá consultar el sitio web:
http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexA.php?doc_pais (solapa
Procedimiento para Niños, Niñas y Adolescentes). Se sugiere consultar
específicamente los servicios oficiales de información sobre medicina del viajero
http://msal.gob.ar/viajeros y de la
Cancillería Argentina respecto de las medidas y requisitos a tener en cuenta para
cada destino. Es responsabilidad del pasajero atender especialmente a las
informaciones ofrecidas por el Agente de viajes sobre el destino elegido y sobre
los protocolos de seguridad de los establecimientos hoteleros, navieras y
compañías aéreas especialmente post-pandemia en tanto las medidas pueden
variar sustantivamente de acuerdo con la evolución de la situación sanitaria en
cada país. Es responsabilidad del pasajero informar debida y correctamente a la
Agencia de viajes la totalidad de sus datos personales y de las personas que
viajen con él, tanto en cuanto a nombres completos y correctos, nacionalidad,
números y tipo de documento requeridos, y demás datos que se le soliciten de
acuerdo al destino; deberá informar si los pasaportes y/u otra documentación
exigida para viajar están debidamente actualizados y encontrarse en condiciones
adecuadas, legibles y en buen estado, además de los datos de contacto
necesarios y solicitados por las aerolíneas y/o transportadores y/u operadores, por
cuestiones de seguridad y conforme las normas internacionales vigentes en
materia de PNR. Es obligación del pasajero informar por escrito a la Agencia de
viajes sobre necesidades especiales que requiriera tanto en vuelo como en
aeropuertos y excursiones. De acuerdo con el destino de viaje elegido, podrían
existir sitios, excursiones y/o lugares con dificultad o imposibilidad de acceso para
personas con movilidad reducida, razón por la cual podría ocurrir que alguna/s
excursión/es no puedan ser brindadas por el operador turístico local por
imposibilidad fáctica. En tales casos, de conformidad con lo establecido en la ley
25.643, se informará sobre cuál o cuáles paseos o excursiones podrían verse
impedidos de realización y/o afectados en su desarrollo. Los servicios no
prestados por dicha circunstancia no son reembolsables.
Para viajar al exterior de la República Argentina, los menores de 18 años de edad
deberán tener autorización expresa, conforme la Ley 26.994 y Disposiciones de la
DNM, otorgada por ambos progenitores ante Escribano Público Nacional con la
Legalización del Colegio Público correspondiente (para C.A.B.A. ver registro
electrónico de Autorizaciones de menores de edad en
https://www.argentina.gob.ar/procedimiento-para-ninos-ninas-y-adolescentes
Cónsules argentinos y extranjeros. Debe estar legalizado ante el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto o Apostillado. Consultar Pagina del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto (Autorizaciones de viaje de menores de edad
exceptuadas de legalización consular. Son las expedidas en Brasil, Chile,
Paraguay y Uruguay); Autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las
Personas, Agentes de esta Dirección Nacional, Jueces de paz; otras Autoridades
Administrativas y Judiciales habilitadas a certificar firmas con la acreditación de la
norma que le otorga tal habilitación, Jueces competentes.
Si el menor viajase con ambos progenitores, además de los documentos de
identidad y visas de todo el grupo familiar, también deberán exhibir el original de la
libreta de matrimonio (original) o la partida de nacimiento legalizada a fin de la
justificación de los vínculos filiatorios, testimonio Judicial de adopción u otro
instrumento público que dé plena fe del vínculo que invocan o de la Tutela o
Curatela o DNI de formato digital donde figuren los datos filiatorios de ambos
padres.
Si el menor viajase con uno solo de los progenitores o tutores, además de los
requisitos antes mencionados, deberá exhibir, ante la autoridad migratoria
nacional, la autorización del progenitor que no viaja, otorgada también por ante
Escribano Público Nacional, con su firma legalizada, y/o en las dependencias y
organismos arriba mencionados. Si uno de los progenitores hubiese fallecido,
deberá aportarse, además, certificado o partida de defunción.
Para más información, el pasajero deberá consultar la siguiente página
http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexA.php?doc_pais (solapa
Procedimiento para Niños, Niñas y Adolescentes)
Debido a normas internacionales, todos los documentos de viaje deben tener
fotografía del menor a que corresponde el documento de identidad, actualizada.
En los casos de permisos de viaje para hacerlo a países de habla inglesa, el
permiso de salida de Argentina debe estar traducido por traductor público nacional
y su firma debidamente legalizada ante el Colegio de Traductores de la localidad
de matriculación del traductor. Los sitios mencionados para obtener información
en cada caso son solo sugerencias que podrán modificarse sin previo aviso. La
Agencia y el pasajero son responsables de obtener la información en los
organismos oficiales pertinentes. A partir del día 7 de septiembre de 2020, la
Dirección Nacional de Migraciones ha dispuesto nuevas condiciones para ingresar
y egresar del país, todos los pasajeros y pasajeras deben completar la DDJJ que
deben descargar del siguiente enlace:
http://ddjj.migraciones.gob.ar/app
Esta empresa no será responsable por la tramitación y vigencia de la
documentación del viajero y sus acompañantes como tampoco respecto de los
inconvenientes que por tal causa pudiera sufrir, y será a cargo del pasajero todos
los gastos que correspondan por demoras y/o abandono del viaje motivaos por
falta o deficiencia de la documentación necesaria para su realización.
F) CANCELACIONES: 1) Cuando se trate de desistimientos que afecten a
servicios contratados en firme por la Agencia, el reembolso pedido antes del viaje
estará sujeto a las condiciones contractuales bajo las cuales presten sus servicios
las empresas respectivas, hoteles y/o los operadores en destino. En todos los
casos en que hubiera que efectuar reembolsos, la agencia podrá retener el precio
de los gastos incurridos más una comisión del diez por ciento de los servicios
contratados con terceros, cfr. Art. 21 Dec. 2182/72. Los plazos para las
cancelaciones comenzarán a contarse a partir del momento en que esta compañía
reciba aviso fehaciente de la comunicación de anulación del viaje. Las sumas que
resulten de la aplicación de penalidades por anulaciones en cualquier
circunstancia o las señas por inscripción al tour o circuito no serán reembolsables,
no se compensarán ni aplicarán a ulteriores contrataciones. Para el caso de venta
de pasajes aéreos, rigen inexorablemente las normas del Contrato de Transporte
Aéreo y, especialmente las condiciones establecidas por cada línea aérea en
la base tarifaria adquirida por el pasajero, teniendo en consideración que siempre
se cotiza sobre la base de la tarifa más baja con restricciones. 2) En caso de
desistimientos de operaciones a crédito no tendrán reembolso los importes
abonados a la agencia de viajes en concepto de informes, gastos administrativos,
sellados e intereses, si hubiere. 3) En todos los casos se deberán atender
especialmente a las condiciones de contratación del respectivo servicio (v.gr.
hotelería, cruceros, centros de ski, seguros, aéreos nacionales o internacionales,
charteados o regulares, etc., así como si se tratase de eventos especiales -
Reveillón, Carnaval, Mardi Grass, Boat Show, Ferias, Congresos y/o cualquier
evento de trascendencia, etc.- toda vez que, en cada caso y cada prestador,
impone sus determinadas condiciones de contratación. En época de eventos
especiales, el servicio de hotelería que se cancelase no será reembolsable. 4) En
el supuesto de vuelos no regulares, chárter o vuelos en los que la Agencia de
Viajes tenga BLOCK OFF, se aplicara en cada caso el régimen que establezca el
transportador, conforme las normas del contrato de transporte aerocomercial
respectivo (Conv. Montreal, Res. 1532/98 M.E.O.y S.P. y Decreto Nacional
1.470/97). En caso de viaje grupal, los términos y condiciones serán informados
previamente a la agencia y los viajeros respecto de las fechas límite y
modalidades de pago que establezca el transportista. En caso de demoras en
salidas de vuelos, se aplican las normas específicas del Contrato de Transporte
Aerocomercial. Si el pasajero no se presentase para embarcar y/o tomar los
servicios establecidos el día, hora y lugar indicados, el pasajero será considerado
como “NO SHOW” y perderá el valor total del servicio aéreo, conforme normativa
aerocomercial. Asimismo, si no se presentase a tomar servicios terrestres o de
hotelería, cualquiera sea el motivo, se aplicarán las condiciones de contratación
respectivas. 5) En los casos de cancelaciones producidas por no llegar a formar el
grupo mínimo de pasajeros previstos para que la excursión se lleve a cabo, o por
cualquier otra causa justificada, los pasajeros inscriptos tendrán únicamente el
derecho a la devolución de las sumas pagadas hasta el momento de la
notificación. Podrá anularse una excursión, si se configurare alguna de las
circunstancias previstas en el Art. 24 del Decreto 2182/72. 6) Los pasajeros que
durante el viaje en forma voluntaria desistieren de utilizar algún/uno de los
servicios contratados, no tendrán derecho a exigir devolución de suma alguna, ni
compensación por los servicios desistidos voluntariamente. 7) Las devoluciones o
reembolsos en caso de desistimiento de viaje por motivos inherentes al pasajero
regirán las siguientes penalidades, salvo que el prestador determine otras
condiciones respecto del servicio especialmente contratado, lo que será informado
al contratar:
- más de 30 días corridos de la fecha de iniciación de los servicios: 40% del
importe total de la compra.
- entre 29 y 15 días corridos de la fecha de iniciación de los servicios: 50% del
importe total de la compra.
- entre 14 y 5 días corridos de la fecha de iniciación de los servicios: 70% del
importe total de la compra.
- entre 4 días corridos antes, y la fecha de finalización de los servicios: 100% del
importe total de la compra.
Las presentes penalidades rigen sin perjuicio de las que establezca el operador
y/o prestador del servicio en sus Condiciones Generales y las que se informen en
el caso de servicios con penalidades diferentes a las enunciadas. Las sumas que
resulten de la aplicación de penalidades por anulaciones en cualquier
circunstancia o los importes dados en concepto de reserva no serán
reembolsables y no se compensarán ni aplicarán a ulteriores contrataciones. Para
el caso de venta de pasajes aéreos, rigen las normas del Contrato de Transporte
aéreo y, especialmente las condiciones establecidas por las líneas aéreas en la
base tarifaria adquirida por el pasajero. Para el caso de viajes en los que se
contraten servicios marítimos, se aplican además, las condiciones establecidas
por el Agente Armador y/o explotador del buque, en todo lo relativo a las
condiciones de viaje y penalidades por cancelación.
G) TRANSPORTE NO REGULAR / CHARTERS: Rige lo estipulado en el punto
anterior. Sin perjuicio de ello, en estos casos sólo se reintegrará la proporción del
precio correspondiente a los servicios terrestres en caso de corresponder
(hotelería, pensión, excursiones) tal como determine el organizador, según la
modalidad con que opere el prestador del servicio. Toda vez que el pasajero ha
sido debidamente informado por la Agencia de Viajes de todo el detalle del viaje
en el primer documento o información emitida por esta empresa, y que los
prestadores aéreos y/o transportistas pueden por razones de mejor servicio
producir alteraciones en los horarios, postergaciones y/o cancelaciones,
comodidades y/o equipos utilizados, etc. la Agencia de Viajes no asume
responsabilidad alguna, más allá de la debida información, y deja constancia que
en el caso de transporte aerocomercial se aplican las normas sobre el contrato de
transporte aéreo y sus limitaciones, conforme Convenio de Montreal, Ley 26.451,
Res. 1532/98 MEOySP y sus modificatorias, Decreto Nacional 1.470/97; en el
caso de transporte terrestre, las normas de del Código Civil y Comercial de la
Nación, ley 26.994. Se informa que el billete de transporte aéreo tiene una
vigencia de un año desde la fecha de su emisión, independientemente de las
fechas de partida y regreso y que, emitido, constituye el único contrato entre las
transportadoras y el pasajero. Es perentorio que el pasajero contrate juntamente
con la reserva y pago de los demás servicios un seguro cuya cobertura incluya los
cargos de cancelación del transporte. Para hacerla efectiva, el pasajero deberá
efectuar el reclamo pertinente ante la aseguradora en cuestión.
Conforme las leyes vigentes, cuando el transporte se lleve a cabo por medios
aéreos, terrestres, de locomoción, lacustre, fluviales o marítimos, el viajero se
somete expresamente a las normas propias de cada contratación, por lo que las
indemnizaciones a que hubiere lugar y que pudieren pagar los responsables,
serán abonadas a los beneficiarios, interesados o representantes legales
directamente, en la moneda, oportunidad y lugar que determine el responsable del
servicio, con las limitaciones que en cada caso las normas establezcan. Los
aeropuertos están sujetos a condiciones de tráfico, operatividad, clima y
condiciones sanitarias; los horarios son aproximados, sin perjuicio de lo cual el
pasajero deberá cumplir estrictamente los horarios pautados por las líneas aéreas
y/o transportistas en cuanto a su presentación ante los mostradores de embarque.
En consecuencia, el pasajero se notifica expresamente que los horarios de partida
y arribo son tentativos y podrían modificarse conforme decisión de la
transportadora o de las autoridades aeroportuarias. Por tanto, la Agencia de Viajes
está exenta de toda responsabilidad debido a dicha contingencia y sus
consecuencias en el desarrollo del itinerario del pasajero. La Agencia de Viajes no
es responsable en ningún caso por retrasos, cambios de horarios, o anulaciones
de los vuelos, y tampoco de los gastos que dicha situación origine, atento la
especialidad de la legislación en materia de transporte aerocomercial. Los
pasajeros que no se presenten a embarcar, perderán inexorablemente el monto
abonado y la posibilidad de efectuar cambios y/o reclamaciones respecto de las
reservas con bloqueos y/o charters. Toda reclamación en virtud de servicios
aéreos deberá canalizarse a través de
http://www.anac.gov.ar/anac/web/index.php/2/185/tramites/reclamos-quejas
Elequipaje permitido en vuelo, es el que permita la tarifa que haya elegido el
pasajero y en los circuitos, será de una maleta por pasajero, y estará sujeto a las
limitaciones y reglamentaciones en materia de pesos y medidas que impongan los
transportistas conforme el medio de transporte utilizado; y en todos los casos, es
transportado por cuenta y riesgo de aquél. Se sugiere controlar el peso permitido
por las aerolíneas transportadoras, puesto que en caso de utilizar diferentes
transportadoras éstos podrían variar el peso permitido a los pasajeros y/o las
dimensiones del equipaje permitido tanto en cabina como en bodega, máxime si
los vuelos son de diferentes compañías o no se encuentran todos registrados en
una misma reserva. En tanto, el pasajero tiene el deber de custodiar su equipaje
de mano y/o equipaje no despachado durante todo el tiempo que dure la
transportación por no ser responsables las transportadoras, conforme legislación
vigente. No se responde por daños en el equipaje, pérdida o deterioro de
equipajes.
H) CESIÓN Y TRANSFERENCIA: El derecho que confiere al cliente el contrato de
servicios turísticos podrá ser cedido o transferido a otras personas hasta 30 días
antes de la fecha de salida, siempre que no se opongan a ello las prescripciones
del transportista, del hotelero o del prestador de los servicios y el pasajero
comunique tal decisión de manera fehaciente a la empresa con una anticipación
no menor a 30 días a la fecha de salida. En los supuestos que los pasajeros sean
de distintas edades (mayores-menores), se ajustará el precio tarifas vigentes al
momento de la solicitud. En todos los casos de cesión o transferencia, la Agencia
de Viajes podrá percibir un cargo del 10% del monto convenido. Por normas
internacionales de seguridad, los billetes que conforman el contrato de transporte
aéreo y/o marítimo no son transferibles a terceros, como tampoco todos aquellos
servicios que por disposición del prestador no permitan tal cesión.
I) RESPONSABILIDAD: 1) Esta empresa podrá actuar como mayorista o
minorista, según el caso; pero siempre será intermediaria en la reserva o
contratación de los distintos servicios vinculados e incluidos en el respectivo tour o
reservación de servicios: hoteles, restaurantes, medios de transportes u otros
prestadores. No obstante ello la responsabilidad está determinada conforme las
disposiciones contenidas en la ley 18.829, su decreto reglamentario 2172/82,
Resoluciones del Ministerio de Turismo y Deporte de la Nación y modificatorias en
caso de corresponder, Ley 24.240 y CCCN. 2) Esta compañía no es responsable
por los hechos fortuitos o de fuerza mayor, fenómenos climáticos, de la naturaleza,
pandémicos y epidémicos, situaciones de conflicto bélico que acontezcan previo o
durante el desarrollo del tour y que impidan, demoren o de cualquier modo
obstaculicen la ejecución total o parcial de las prestaciones comprometidas por
esta empresa, todo ello de conformidad con las disposiciones del Código Civil y
Comercial de la Nación. La Agencia informará al pasajero en caso de situaciones
de conflicto que pudiere atravesar el lugar de destino y, el pasajero, debidamente
informado, decidirá personalmente si llevar a cabo o no el viaje. Se deja a salvo
que todo viaje queda supeditado a las disposiciones sanitarias y/o migratorias del
país de origen y destino de cada viaje en el momento preciso en que deba iniciar o
finalizar el viaje. Se deja expresa constancia que esta compañía no conforma
ningún grupo económico ni tiene asociación alguna con empresas navieras, líneas
aéreas, hoteles ni organizadoras de excursiones, concursos, promociones, resorts
u otros organizadores de tours, en el país ni en el exterior, como tampoco con la
Agencia minorista de viajes que comercialice sus servicios y/o productos. 3) Los
pasajeros deben obligatoriamente contratar asistencia al viajero acorde con su
rango etario y geolocalización del destino elegido, la cual deberá cubrir la totalidad
del tiempo de permanencia acorde con el viaje y los valores mínimos de
prestación exigidos en el lugar de destino de viaje. El pasajero deberá consultar si
en su destino de viaje existen exigencias especiales a este respecto. De no
hacerlo, se entiende que asumen en forma personal todos los riesgos de cualquier
naturaleza que se pudiesen presentar sobre su persona, sus bienes y/o de
terceros. Toda asistencia al viajero, aun la que no se contrate a través de la
intermediación de esta agencia de viajes debe amparar la contingencia
“pandemia” por asistencia y cancelación o suspensión del viaje. 4) Los datos
personales contenidos en las reservas de viaje contratadas a través de esta
empresa son tratados conforme establece la Ley 25.326 y serán conservados el
menor tiempo necesario. Sólo serán divulgados aquellos datos indispensables
para concretar las reservas de los servicios elegidos. En materia de datos
personales: el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho
de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses,
salvo que acredite un interés legítimo (cfr. Art. 14, inc. 3° Ley Nº 25.326). La
Dirección Nacional de Protección de Datos Personales tiene la atribución de
atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al
incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El titular
podrá en cualquier momento solicitar el retiro o el bloqueo de su nombre de los
bancos de datos en los que se hallen sus datos. En toda comunicación con fines
de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, internet u otro
medio a distancia se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad
del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de
la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del
responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información.
J) ALTERACIONES O MODIFICACIONES: 1) Los prestadores se reservan el
derecho, por razones técnicas, operativas y/o de fuerza mayor -incluso por causas
epidémicas o pandémicas y medidas sanitarias y migratorias de los diferentes
países en que se desarrolle la prestación turística-, de alterar total o parcialmente
el ordenamiento diario y/o de servicios que componen el tour, antes o durante su
ejecución. 2) Salvo condición expresa en contrario, los hoteles estipulados podrán
ser cambiados por otro de igual o mayor categoría dentro del mismo núcleo
urbano sin cargo alguno para el pasajero. Respecto de estas variaciones, en tanto
sean efectuadas por razones de mejor confort, servicio y/o fuerza mayor el
pasajero no tendrá derecho a compensación alguna. 3) La agencia de viajes
tendrá el derecho de anular cualquier tour cuando se configure alguna de las
circunstancias previstas en el art. 24 del Decreto N° 2182/72. 4) Una vez
comenzado el viaje, la suspensión, modificación o interrupción de los servicios por
parte del pasajero por razones personales de cualquier índole, no dará lugar a
reclamo, reembolso o devolución alguna. La interrupción de los servicios por
causa imputable al pasajero acarrea costos. En todos los casos la agencia de
viajes se compromete a prestar asistencia técnica para que el pasajero pueda
continuar su viaje en las mejores condiciones posibles conforme su alcance. El
pasajero deberá asumir los costos por regreso anticipado, conforme las
penalidades que cobren las líneas aéreas.
K) CLÁUSULA DE ARBITRAJE: Toda cuestión que surja con motivo de la
celebración, cumplimiento, incumplimiento, prórroga o rescisión del presente,
podrá ser sometida por las partes a la resolución del Servicio Nacional de Arbitraje
de Consumo, puntualmente el servicio de Arbitraje Turístico implementado por la
Resolución 65/2018. Al respecto ver: https://www.produccion.gob.ar/tramites/sistema-nacional-de-arbitraje-del-
consumo-50052 y/o el Tribunal Arbitral de la Federación Argentina de
Empresas de Viajes y Turismo y/o de los Tribunales Arbitrales que funcionen en
sus respectivas Asociaciones Regionales en tanto éstos fueren conformados. En
caso de sometimiento a dicha jurisdicción, los contratantes se sujetan y dan por
aceptadas todas las condiciones establecidas por la Reglamentación del Tribunal
Arbitral que les será entregada por éste, oportunamente.
L) NORMAS DE APLICACIÓN: El presente, y en su caso la prestación de los
servicios se regirá por estas condiciones generales, por la Ley N° 18.829, su
decreto reglamentario y normas concordantes, así como el Código Civil y
Comercial de la Nación y la Ley de Defensa del Consumidor, conocida por las
partes. Toda la documentación que se genere a favor del pasajero y se entregue a
la Agencia como consecuencia del viaje, conformará el Contrato de Viaje, y es
información confidencial, protegida por La Ley de Protección de Datos Personales
– Ley 25326. En materia aerocomercial, rigen las estipulaciones del Código
Aeronáutico, Conv. Montreal y Res. 1532/98 M.E.O.y S.P. Respecto de los pagos,
rigen las Comunicaciones de BCRA relativas a giro de divisas al exterior vigentes
a la fecha y las normas del Código Civil y Comercial de la Nación en materia de
obligaciones de dar dinero cuando se trate de moneda de curso legal o de dar
cosas cuando se trate de moneda extranjera.
M) ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE CONTRATACIÓN: El hecho de
efectuar el pago del derecho de inscripción o la reserva del viaje, implica por parte,
tanto de la agencia como del/de los pasajeros, el pleno conocimiento y total
conformidad con estas Condiciones Generales. Todos los servicios ofrecidos se
encuentran sujetos a las modalidades, condiciones de cancelación y/o de
devolución que establezcan los operadores turísticos, las compañías aéreas y
fundamentalmente las disposiciones sanitarias dispuestas por las autoridades
gubernamentales y/o migratorias de cada uno de los destinos, sean interiores o en
viajes al exterior, todo ello informado detalladamente previo a la compra en cada
oferta en particular. Estas condiciones generales se informan presencialmente, o
por medios digitales (correo electrónico, whatsapp) o bien por cualquier otro medio
consentido por las partes para la contratación y asimismo, se encuentran
publicadas en el sitio web de www.premilcuoreviajes.com.ar, conforme dispone el
artículo 4to de la Ley 24.240, modificado por el art. 169 del decreto 27/2018 y Res.
915-E/2017.
Las partes se valen de técnicas de la comunicación e información, conforme el art.
1106 CCCN, y la instrumentación del contrato de viaje se hará presencial o por
medios electrónicos, conforme autoriza el art. 287 CCCN, de conformidad con la
forma de contratación que las partes opten.
Es parte de los términos de esta contratación que la oferta está sujeta a las
correspondientes autorizaciones gubernamentales y/o sanitarias nacionales y/o
extranjeras vigentes a la fecha del comienzo o finalización del viaje/estadía. Las
aerolíneas/navieras y demás prestadores vinculados a su viaje podrán disponer
protocolos que deberán ser necesariamente observados por los pasajeros, los que
se informarán previo al inicio de su viaje/estadía. El pasajero deberá estar atento a
la información dinámica de las autoridades de los diferentes países destino de su
viaje.
N) INCUMPLIMIENTO: En caso de efectiva divergencia entre los servicios
ofrecidos y los servicios contratados, el pasajero podrá recurrir al Ministerio de
Turismo de la Nación, sito en Suipacha 1111, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Tel.: 4316-1600 y/o a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, Julio A.
Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o a las Oficinas del consumidor
correspondientes según su domicilio.